- Region:
- Argentina
- Category:
- Turismo
Alitalia: FAEVYT solicitó una audiencia con ANAC
FAEVYT le solicito a la ANAC la intervención como autoridad de aplicación, debido a la grave situación que se plantea partir de la comunicación oficial emitida unilateral e intempestivamente por la compañía ALITALIA respecto al cese de sus operaciones comerciales.
FAEVYT recurrió a la ANAC para que tome una intervención directa en salvaguarda de los intereses tanto de las empresas de viajes y turismo de la República Argentina como de los usuarios del transporte debido a la grave situación que se plantea partir de la comunicación oficial emitida unilateral e intempestivamente por la compañía ALITALIA respecto al cese de sus operaciones comerciales.
En la solicitud de audiencia, la Federación Argentina de Asociaciones de Empresas de Viajes y Turismo - a la Anac -Administración Nacional de Aviación Civil- por el conflicto de Alitalia, expresó lo siguiente:
Hoy, el problema es actual y concreto. La aerolínea —en su comunicación oficial— no provee información
sobre cómo transportará a los pasajeros que tienen tickets de viaje y que no desean recibir reembolso de dinero sino la prestación comprometida -es decir, el cumplimiento en la misma especie- y tampoco respecto de aquellos que tienen millas acumuladas en su sistema de viajero frecuente a través del contrato de
millaje, todo lo cual devendrá en una situación caótica de la que la aerolínea italiana parece no hacerse eco.
La conducta comercial adoptada por la línea aérea resulta irregular por cuanto vulnera y gravita principios generales como el establecido en el art. 9° CCyC, tanto como el art. 961 CCyC que nos indican que los contratos deben celebrarse, interpretarse y ejecutarse de “buena fe” en tanto no honraría las obligaciones contractualmente asumidas, vulnerando así todos los principios del derecho privado, consumeril de orden público y aeronáutico, tanto nacional como internacional, vigente en la República.
En atención a lo precedentemente señalado, solicitamos tenga a bien convocar con suma urgencia a la aerolínea indicada a fin de que informe de manera concreta y fehaciente en ese ámbito qué medidas de protección para los
pasajeros prevé adoptar a fin de honrar los compromisos ya asumidos en los contratos de transporte aéreo en los términos de la Res. 1532/98 MEOySP, como así respecto de los contratos de millaje y de los derechos que se derivan de la emisión de vouchers por billetes no volados durante el período marzo-2020 a la fecha, todo ello en virtud de la normativa constitucionalmente consagrada respecto del amparo a los consumidores, y normas internacionales de transporte aéreo, considerando a ITA —la nueva empresa italiana— como continuadora de la
que cesa en sus operaciones comerciales.
Debido a la amenaza que planteaba, fue puesto de manifiesto en la carta que esta institución despachó a Ud. por Correo Argentino CD15648560-AR entregada el día 6 del corriente y que, a la fecha — lamentablemente— esa Administración Nacional no respondió.